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¿Qué es la Oferta Pública de Caza?
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Los sorteos y subastas públicas de caza son convocados por las Comunidades Autónomas (en adelante, CCAA). Constituyen la única posibilidad de practicar la actividad cinegética en terrenos de titularidad pública (Reservas de Caza y acotados) pertenecientes a los Espacios Naturales que conforman la Red Nacional de Reservas de Caza y Cotos del Estado, cuya administración corresponde a las Comunidades Autónomas.
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La oferta pública de caza se convoca con periodicidad anual.
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En algunas CCAA existen terrenos de titularidad pública en los que es posible optar a un permiso de caza mediante sorteo. Ello supone una opción para cazar a unos precios ventajosos en relación con los existentes a nivel comercial, suponiendo en algunos casos importes hasta un 75% inferiores.
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El titular de un permiso agraciado por sorteo no está obligado a aceptar dicho permiso. Su aceptación es voluntaria. Si la cacería no es de su interés o le resulta imposible su asistencia, puede rechazar el permiso sin tener que abonar importe alguno. Tal renuncia no conlleva penalización. Tampoco conlleva impedimento alguno de cara a futuras convocatorias, pudiendo optar al resto de sorteos.
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El organismo oficial que gestiona el sorteo, normalmente consejerías de medio ambiente y ordenación del territorio, contacta directamente con el titular del permiso mediante notificación por correo ordinario y le facilita información sobre la acción de caza.
Oferta pública caza [comunidades autónomas] |
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¿Cómo se tarifican los permisos?
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En la mayoría de los casos y comunidades autónomas, tanto en las «Reservas de Caza» como en los «Terrenos de Titularidad Pública», el coste del permiso de caza asignado al cupo de sorteo se compone de dos tramos de tarificación: Cuota de entrada + Cuota de abate o complementaria.
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La cuota de entrada se refiere a la cantidad que el titular del permiso ha de abonar al aceptar el permiso asignado tras el sorteo. Dicha cantidad es establecida por el organismo convocante del sorteo en función de las distintas categorías de cazadores que concurren al sorteo (local, regional, autonómico, nacional o europeo, etcétera), de la modalidad de caza ofertada (montería, batida, rececho), la especie objeto de caza y su trofeo o edad (selectivo en sus diferentes tramos, trofeo). El abono de dicha cuota se ha de realizar con carácter previo a la cacería. No es posible su reintegro o devolución, salvo en casos muy excepcionales, si aún no se hubiese celebrado la cacería.
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La cuota complementaria o de abate se refiere al importe que se ha de abonar al término de la cacería, directamente al funcionario (agente medioambiental, celador de caza,…) encargado de guiar la jornada de caza. O bien con posterioridad, a la administración expendedora del permiso. La tarifa dependerá de la pieza abatida. Si se trata de una pieza selectiva, macho no trofeo y hembras, la cuota o tarifa de abate habrá sido establecida como una cantidad fija. En el caso de un permiso trofeo, esta cuota se abonará en base a la puntuación obtenida tras la medición (valoración en verde), realizada por parte del funcionario que haya guiado la cacería.