Tramitar licencia de caza inter autonómica

Tramitar licencia de caza inter autonómica

Condevito te tramita la licencia de caza inter autonómica

Tasa licencia

Tarifa en primera obtención y renovación.

Socios Club: 95,00 €
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Resto de usuarios: 102,99 €.

Comunidades adscritas (9)

Aragón Comunidad autónoma de Aragón
Asturias Comunidad autónoma del Principado de Asturias
Castila y León Comunidad autónoma de Castilla y León
Comunidad Valenciana Comunidad autónoma Valenciana
Comunidad de Madrid Comunidad autónoma de Madrid
La Rioja Comunidad autónoma de La Rioja
Extremadura Comunidad autónoma de Extremadura
Galicia Comunidad autónoma de Galicia
Región de Murcia Comunidad autónoma de Murcia

Requisitos obtención

1️⃣ Fotocopia del DNI (NIF).
2️⃣ Fotocopia licencia de caza en vigor de cualquier CCAA.
3️⃣ Solo personas físicas, Españoles o Extranjeros, residentes en España.
4️⃣ Estar habilitado y dado de alta en el Registro de Licencias de Caza de cualquier Comunidad Autónoma.

Envío licencia

Sólo realizamos entregas en el día (en formato digital, a través de Email o WhatsApp).
Para recibir la licencia por Email o WhatsApp en el mismo día, debe enviar la documentación necesaria y justificante de pago antes de las 10:00 horas (am).
En el caso de que envíe la documentación después de las 10:00 horas (am), llámenos para confirmarle si fuese posible enviarle la licencia en el mismo día.
El cliente recibirá la licencia por Email o WhatsApp antes de las de las 18:00 horas (pm) del día que realiza el pedido.

Iniciar trámite

Consulae nuestro horario antes de iniciar el trámite. El plazo de tramitación queda supeditado a la validez de la documentación recibida (no presente deficiencias), así como a la operatividad de las aplicaciones informáticas de las comunidades autónomas.

🔻🔻🔻🔻🔻 Tramitar en solo 3 pasos 🔻🔻🔻🔻🔻

Paso 1️⃣ Rellena formulario (envía documentación).
Paso 2️⃣ Selecciona forma de pago (envía justificante pago).
Paso 3️⃣ Introduce tus datos personales.

🔻🔻🔻🔻🔻 Iniciar trámite 🔻🔻🔻🔻🔻

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Paso 2️⃣ Selecciona forma de pago (envía justificante pago).

📧 Email: condevito@condevito.com
📞 WhatsApp: 661736047

Plazo de entrega

Los sábados, domingos y festivos se consideran inhábiles a efectos de entrega y tramitación de licencias.
Los plazos de entrega de las licencias están sujetos a los trámites administrativos de las Consejerías de Medio Ambiente de cada CCAA, por lo que en algún caso excepcional, las licencias de caza podrán sufrir retraso por motivos ajenos a nuestro trabajo.
En el caso de no poder cumplir el plazo de entrega de la licencia solicitada, se informará al interesado lo antes posible.

Requisitos legales

  • El precio de la licencia de caza inter autonómica es el mismo independientemente de la edad del cazador: discapacitado, menor de edad, mayor de edad, jubilado, pensionista. No hay exención del pago de la tasa en ningún caso.
  • Edad mínima para obtener la licencia de caza: 14 años. En este caso, para su tramitación se precisa fotocopia del DNI del menor y del padre, madre o tutor legal.
  • La licencia es válida para un periodo de duración de 1 año desde el momento de su expedición. No hay posibilidad de tramitar la licencia por un periodo mayor.
  • La licencia es única, válida para todas las modalidades de caza (caza menor, caza mayor, caza sin armas de fuego, caza con reclamo de perdiz, caza con rehala).
  • Para la obtención o renovación de la licencia, no debe estar inhabilitado para la caza.
  • Documentación necesaria: Documento identificativo válido para acreditar la personalidad (DNI o NIE). Seguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador en vigor (solo en el caso de caza con arma). Licencia de caza de cualquier CCAA, excepto Cantabria y Cataluña.
  • Solo podrán obtener la licencia de caza los españoles con DNI y los residentes con NIE. Los extranjeros con pasaporte o DNI de su país, no podrán tramitar esta licencia de caza. Deberán tramitar la licencia de caza de la CCAA donde vayan a desarrollar la actividad cinegética.

Más información

La licencia o permiso de caza es el documento emitido por la Consejería de Medio Ambiente de una CCAA, que autoriza al titular de la misma para practicar la caza en dicha CCAA.
Cada CCAA emite su propia licencia de caza, también llamado permiso de caza, que es válido para el ejercicio de la caza en esa CCAA únicamente.
Además de la licencia de caza, se debe acreditar la posesión del seguro obligatorio del cazador, y el permiso del acotado donde tenga lugar la actividad cinegética.
El cazador ha de conocer y respetar los periodos hábiles de caza, conforme a la ley u orden de vedas de la CCAA en la que desarrolle la actividad cinegética.
Las Consejerías de Medio Ambiente de cada CCAA, publican cada año en el boletín oficial de la CCAA, la orden de vedas que recoge toda la información sobre los períodos hábiles y las normas de caza vigentes en dicha CCAA.
Consulte la orden de vedas de todas las CCAA en siguiente link: ÓRDENES VEDA

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